Prisión Preventiva Oficiosa: el infierno que extiende la impunidad
Por Ángel Estrada
El Estado mexicano no solo es parte de organismos internacionales que buscan coadyuvar a la implementación, cuidado, respeto y extensión de los derechos fundamentales de todo individuo, sino que hemos sido históricos impulsores de muchas de las normas, leyes, términos y condiciones que rigen a esos sistemas constituidos con tales propósitos.
En muchos casos —como debería ser en todo lo relacionado a DD.HH.— las resoluciones de estos órganos suelen tener un carácter vinculatorio, so pena de sanciones políticas, económicas, etc., por incumplimiento.
Pero muy a menudo, lo anterior despierta debates en los Estados-Nación acerca de los conceptos de soberanía y autodeterminación de los pueblos. Y es que a nadie le gusta escuchar una acusación o sentencia en su contra, ni a nosotros como individuos, ni al Estado y sus instituciones.
Resulta curioso que frente a una sentencia judicial, emanada de una Corte de Justicia con carácter transnacional como lo es la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los Estados-Nación tengan la audacia de descalificarla, e incluso desacreditar a toda la institución, alegando que estas responden a intereses particulares o extranjeros, o sacando a relucir la clásica defensa de la soberanía, y además insistiendo en que no existe necesidad de respetar los acuerdos internacionales que no sólo fueron firmados por sus gobiernos, sino ampliamente promovidos durante la constitución del organismo en cuestión, "porque nada puede estar por encima de nuestra Constitución Política".

Es un argumento bastante limitado a lo tangible y dolorosa que resulta ser la realidad fuera del poder político, y a los alcances del propio derecho internacional que está por encima de cualquier proyección y conjetura sobre la configuración histórica de los Estados-Nación. Antes de ser mexicanos, somos seres humanos, como el resto de la gente que habita el globo.
Como solemos saberlo, sospecharlo, percibirlo, y/o vivirlo, todo el poder político, sin excepción, navega por el mar de poder impulsado por veleros de hipocresía, que adecuan a intereses no históricos ni colectivos, sino a los que precisan en ese particular momento coyuntural de su historia. Veleros que les permiten cambiar de dirección a contentillo, rápido, cuando deciden que lo que está enfrente vulnera sus proyectos, visiones de país, etc.
Quienes conceptualizan e interpretan a contentillo los derechos humanos no son defensores del derecho. Nadie puede llamarse defensor de los derechos humanos en su más amplia definición, y al mismo tiempo dar la razón a la existencia de mecanismos, leyes, reglas y jurisdicciones que atentan de manera muy focalizada contra la dignidad de grupos poblacionales muy específicos: mujeres empobrecidas, personas con bajos niveles de escolaridad, personas con bajos ingresos, etc.
Los datos a nuestro alcance respecto a la ocupación carcelaria, la salud de la población penitenciaria, las condiciones de infraestructura, hacinamiento y las propias condiciones de seguridad dan cuenta de lo peligroso que resulta no solo sostener, sino seguir ampliando la figura de la Prisión Preventiva Oficiosa (PPO) como medio de impartición y procuración de justicia.
A 4 años de la reforma al art. 19 constitucional que amplió el catálogo de delitos que ameritan PPO, sostengo que el problema de las cárceles, y particularmente de las cárceles mexicanas, es que están diseñadas no como centros de readaptación que brinden condiciones óptimas para corregir conductas violentas o antisociales bajo una visión médica, científica, humana y de derecho, sino como centros de escarmiento y castigo llano, medieval; un cultivo fecundo para la intensificación de discordias creadas y la multiplicación de sentimientos vinculados al rencor y al odio, que propician la reincidencia una vez cumplida la sentencia (si es que existe voluntad de excarcelar a un reo), ante la falta de acompañamiento psicológico/psiquiátrico durante la reclusión, la presencia de diversos niveles y formas de violencia en las prisiones y la carencia de oportunidades de reincorporación laboral o académica.
Las cárceles mexicanas están diseñadas para violar sistemáticamente los derechos humanos de sus reclusas y reclusos, y convertir la violencia en un ciclo viciado.
Si tan solo las prisiones mexicanas fueran centros de readaptación social con un mínimo de dignidad, entonces podríamos llevar el debate a otros términos, pero aquello solo es posible de alcanzar entendiendo que la justicia no se trata de venganza sino de sanción proporcionada, limitada por el respeto irrenunciable a la vida del recluso, y que además el castigo en sí debe tener el objetivo de cerrar paso a la impunidad y promover la no repetición, mas no causarle daños físicos, económicos ni emocionales a quienes reciben sentencia. Se puede ser firme sin vulnerar la dignidad del ser humano,; alla lejos de la barbarie. Recuerden: «ojo por ojo, y el mundo se quedará tuerto».
Sostener que las personas que han cometido crímenes de cualquier índole no son seres humanos —además de una visión bastante fascista— implica ignorar las complejidades propias de una especie evolucionada y con capacidad de discernir como la nuestra, y a su vez, capaz de cometer de forma consciente las más grandes atrocidades por muy diversos motivos. Simplificarlo hace que perdamos la oportunidad de entender el trasfondo y origen de la conducta criminal.
Además, esa visión del delito no suele considerar las diversas estructuras políticas y económicas que rigen sobre la vida de los individuos, y que tenemos claro que marcan la pauta sobre cómo muy probablemente será el futuro y destino de un grueso sector de la población; es decir, si los individuos habrán de crecer en contextos libres de violencia y desigualdad, o si por el contrario, su destino será una niñez, adolescencia y vida adulta temprana rodeada de desigualdades, pobreza, falta de oportunidades, carencia de servicios, violencia e impunidad. Es importante esta consideración porque define casi por completo el rumbo de una sociedad en términos de seguridad y justicia social. Significa nada más y nada menos que la contemplación de sus integrantes sobre su propio mundo, su futuro y su amplitud o limitación de oportunidades.
Afirmar que la Prisión Preventiva Oficiosa es un mecanismo que procura la justicia es caer en un peligroso modo de autoengaño, que limita las posibilidades de transitar hacia una justicia real y tangible para las víctimas, y que además crea nuevas víctimas.
Las cárceles en nuestro país, tal como están descritas aquí, albergan en sus fríos y violentos interiores a miles de personas que llevan años esperando juicio y exhoneración o sentencia condenatoria.

Para ser más precisos, la mañana de este martes 16 de abril, la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, mencionó que de declarar la SCJN la inconstitucionalidad de la Prisión Preventiva Oficiosa, 68 mil personas podrían salir de prisión. ¡Más de 68 mil personas en espera de sentencia!
La preocupación de SEGOB deriva de una sentencia de enero de 2023 contra México, impuesta por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, vinculada a la Organización de Estados Americanos (OEA), que ordena al Estado mexicano suprimir o modificar los términos en que existe la figura de la PPO, derivada de los excesos cometidos en la detención de dos personas en el año 2006, quienes denunciaron violaciones en el debido proceso durante y después de su arraigo. Desde luego, no son ni serán el único caso documentado en una lista de violaciones de DDHH, que bien podría dar la vuelta al mundo varias veces.
En 2023 la CIDH decretó que el Estado mexicano violó los derechos de las personas vinculadas, como los son el derecho “a la presunción de inocencia, a la libertad personal, a la integridad personal y a la vida privada, a las garantías judiciales y a la protección judicial".
El mito de que entre más detienes más resuelves, y que de esta forma se imparte justicia, se ha sostenido desde el inicio en los cimientos más sólidos del clasismo y el racismo, imponiendo patrones que definen quién sí y quién no se queda en prisión preventiva oficiosa en función del poder adquisitivo, el color de piel, el lugar de origen y el género de la persona señalada o vinculada. Para sorpresa de nadie, la mayoría de las personas que hoy siguen esperando sentencia son pobres, y no porque entre las clases más acaudaladas no exista la comisión de delitos, sino porque estas sí tienen los recursos para cubrir una fianza o tramitar otro tipo de medida cautelar que no implique su encierro durante el tiempo que demore su proceso.
Los pobres no. Los pobres tienen que ir a prisión y cubrir cuotas corruptas por la ocupación de una colchoneta, el uso de baños y agua, el consumo de alimentos, aún si no existe certeza de una responsabilidad en el delito imputado. Es increíble. Es ofensivo.
Años de seguir la contrapremisa de «eres culpable hasta que se demuestre lo contrario» solo nos ha conducido por caminos pantanosos que, lejos de acercarnos a la justicia "pronta y expedita" como reclama el presidente, propician más el rompimiento dramático del tejido social y destruyen la vida de muchas personas y familias que muy probablemente nunca tuvieron nada qué ver en lo que se les acusa.
Y no se trata de sugerir que las 68 mil personas mencionadas hoy sean inocentes, pero no todas son culpables. Y la mayor parte de la responsabilidad es del Estado y sus fallidas instituciones de procuración de justicia, como la Fiscalía General de la República y las fiscalía estatales, incapaces de armar expedientes y carpetas de investigación sólidas contra las personas vinculadas a proceso.
Ante su incompetencia, adoptar medidas violatorias del derecho resulta su mejor forma de contención. Los resultados de esa política están en la mesa, y no son positivos. Hay que transitar hacia un lugar distinto en términos de procuración de justicia, pero ese camino no pasa por el abarrotamiento de las cárceles.
Es imposible que desde la izquierda estemos discutiendo sobre qué otros delitos deberían ir al catálogo de la PPO y no de la urgente necesidad de suprimir un recurso excedido y violatorio del derecho internacional
La necesidad de justicia del pueblo mexicano no puede sustituirse con medidas fáciles, que no comprometen al Estado y a sus instituciones y que continúan criminalizando a sectores ampliamente marginados.
La omisión en la responsabilidad de imputar con pruebas y hechos contundentes por parte de las fiscalías no puede ser cubierta por políticas violatorias de los derechos fundamentales del ser humano, y menos en un país cuyas prisiones se desbordan de inocentes.
